Confirmaron la condena al doctor Pasamán por el caso Ceballos: “Acá hubo negligencia, hubo omisiones en el tratamiento que recibió la paciente en General Pico”
Se confirma la condena al médico Carlos Eduardo Pasamán por el caso de homicidio culposo en prejuicio de Ana Belen Ceballos, a la pena de seis meses de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación para ejercer la medicina.
Este caso había ocurrido en 2011, en el cual Ceballos, luego de que se le realizara un CRPE (colangiopancreatografía retrógrada endoscópica), por parte del doctor Fanjul, se produce una complicación que hace que su estado de salud comience a empeorar.
Posteriormente, es tratada por el Doctor Pasamán, donde su situación no mejora y termina con el fallecimiento de la joven Ceballos.
“En 2018 fueron condenados tanto Pasamán como Fanjul a 5 años de inhabilitación y a 6 meses de prisión en suspenso, la defensa presenta el recurso donde lo absuelven al endoscopista Carlos Fanjul y mantienen la sentencia sobre Ricardo Pasamán. Siguieron interponiendo medidas y ahora fue confirmado el fallo sobre Ricardo Pasamán” explicó el abogado querellante Jorge Salomone.
Salomone, comenta como inició el caso, “hubo un primer juicio donde fueron absueltos, luego con un recurso que se interpuso dejo sin efecto eso absolución y se volvió a hacer el juicio. Se volvió a hacer en el año 2018 y allí en primera instancia fue condenado a ambos, y luego solamente el TIP dejo la condena a Pasamán y lo absolvió a Fanjul”. “Lo último que surgió es que ya quedo firma la sentencia, porque la Corte Suprema de Justicia no hizo lugar al último recurso que había interpuesto el doctor Pasamán, quedando firme la condena de 5 años de inhabilitación y 6 meses de prisión en suspenso”.
El abogado explicó que no fue fácil el caso, por los temas involucrados. También aclaró las expectativas de su cliente, “siempre creyeron que había habido un mal desempeño y la sentencia termino confirmado eso. Ellos también creían que Fanjul había cometido un grave error, pero por el principio de la duda, no porque hubiese evidencia de que no había cometido error, sino que por el principio de la duda el tipo lo absuelve a Fanjul. Esa fue la única parte del fallo que a mis clientes no les cerró mucho”.
Lo que realizó el doctor “se interpreta como una negligencia, para que haya un homicidio culposo tiene que haber impericia, negligencia, o violación en el arte de la profesión que se está evaluando. Acá lo que se consideró que había habido omisiones por parte del tratamiento que recibió la paciente acá en Pico que incidieron de alguna manera en el desenlace fatal”, argumentó Salomone.
También detalló “la paciente, llego a pico y estuvo una semana, 8 días internada y de acuerdo al fallo lo que hubo es una emisión en cuanto a unos estudios, fundamentalmente una tomografía computada y luego también un tratamiento un poco más rápido cuando se desarrolló gravemente la afección que no fue tratada de acuerdo a lo que dice el fallo y el cuerpo forense de la Corte Suprema de Justicia que fue el que se ocupó de hacer los peritajes”.
Infopico